La Ley N° 30681 Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados y su reglamento, regulan el uso informado, investigación, producción, importación y comercialización de cannabis y sus derivados, destinados exclusivamente para uso medicinales y terapéuticos en el Perú.
Es importante tener en cuenta que los productos que contienen derivados de cannabis(Comunmente llamado MARIHUANA) para uso medicinal y terapéutico legalmente autorizados son:
Productos farmacéuticos que contengan derivados del cannabis y cuenten con registro sanitario vigente otorgado por la DIGEMID.
Productos derivados del cannabis que cuenten con autorización de importación excepcional para tratamiento individual.
Preparado farmacéutico (Fórmula Magistral) derivado de cannabis para uso medicinal para tratamiento individualizado, elaborado por el profesional químico farmacéutico en una botica, farmacia o farmacia de un establecimiento de salud con licencia otorgada por la autoridad competente, elaborado contra la presentación de la receta médica correspondiente.
Los productos deben ser adquiridos en farmacias y boticas que cuenten con licencia para comercializar productos derivados del cannabis. No está autorizada la comercialización a domicilio o vía internet, así como la comercialización o dispensación de los preparados farmacéuticos en consultorios profesionales y fuera del establecimiento farmacéutico autorizado y certificado.
https://www.digemid.minsa.gob.pe/psicotropicos-y-estupefacientes/uso-cannabis-medicinal
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